¿Es posible el otorgamiento de la licencia de luto cuando el trabajador tiene cónyuge y compañera permanente y al mismo tiempo?
De acuerdo con el Ministerio de Trabajo, respecto a este interrogante, preciso en señalar que la norma no hace mención al respecto sobre la obligación que tendría el empleador de conceder licencia por luto cuando el trabajador (a) tiene cónyuge y compañera permanente de manera simultánea.
Por lo que, las relaciones laborales se presumen de buena fe, es decir que el empleador podría conceder a los trabajadores la licencia por luto de los familiares del cónyuge o compañero permanente.
Por último, el Ministerio en su concepto del 22 de febrero de 2019, dice . “Es pertinente advertir que la decisión respecto a conceder o no la licencia de luto de los trabajadores en los casos planteados corresponde única y exclusivamente al empleador en atención obviamente a la documentación presentada por cada uno de los trabajadores según sea el caso.”