TALENTO HUMANO PARA EL SISTEMA DE GESTIÓN EN SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO.

 
En el mes de marzo de 2017, el Ministerio de Trabajo promulgo la resolución 1111 de 2017, norma que establece los estándares mínimos para la implementación del sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST) para los empleadores y contratantes. Norma que define como de carácter obligatorio su cumplimiento.

Dejando claro que los estándares mínimos son considerados como una serie de componentes obligatorio: normas, requisitos y procedimientos para registrar, verificar y controlar el cumplimiento de las condiciones básicas indispensables para el funcionamiento, ejercicio y desarrollo de actividades de los empleadores y contratantes en el Sistema General de Riesgos Laborales.

Por lo que la norma de igual manera define el talento humano que tendrá la responsabilidad de diseñar, administrar y ejecutar el sistema de Gestión en Seguridad y Salud en el Trabajo. De ello vamos adjuntar un cuadro que define los perfiles profesionales y las coberturas o alcances que exige la norma.  A fin de evitar contratiempos y complicaciones en caso que el Ministerio de Trabajo visite o requiera a su empresa con el fin de verificar y evaluar el desarrollo de la implementación del SG-SST. Teniendo en cuenta que para el año 2018 será el año de la fase de ejecución del Sistema de Gestión de Seguridad y salud en el trabajo en las empresas. Ya sobrepasado para el año 2017 la fase I Fase de evaluación inicial (junio – agosto de 2017). Y la fase II Plan de mejoramiento (septiembre – diciembre de 2017)
 

Fuente. CCS

Grupo GJR – Gestión Jurídica en Riesgos 
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