Ley de acoso laboral ¿tiene aplicabilidad en pasantes y aprendices?

De acuerdo al concepto 7663 de marzo 7 de 2019 publicado por el Ministerio de Trabajo en consulta hecha por un ciudadano, aclara que la ley 1010 de 2006 ley de acoso laboral no es de aplicabilidad para los pasantes ni para el contrato de aprendizaje, por lo que hace referencia que esta ley solamente tiene aplicabilidad a las relaciones laborales, es decir  bajo la existencia de un contrato de trabajo y no para relaciones emanadas de actividad formativa desarrollada por un estudiante de programas de formación complementaria para el cumplimiento de un requisito para culminar sus estudios u obtener un título que lo acreditara para el desempeño laboral, como son las prácticas laborales.  

Además dijo en el mismo concepto, que de acuerdo con la Resolución 3546 de 2018, norma que regula las prácticas laborales, que las prácticas laborales llámese pasantía o contrato de aprendizaje, deben contar para su realización con el acompañamiento de un monitor designado por la institución educativa del estudiante y de un tutor designado por la empresa en donde se ejecuta la practica laboral, quienes tienen el deber de acompañamiento y seguimiento al desarrollo de la actividad formativa efectuada por el estudiante.

Quien deberá en su calidad de tutor:

Trabajador con conocimiento y experiencia en los asuntos que serán objeto de la actividad formativa, que tendrá como obligaciones:

  1. Velar por el correcto desarrollo de las actividades en la ejecución de la práctica laboral.

(…)

  1. Informar a la institución educativa cualquier situación que afecte el normal desarrollo de la práctica laboral.
  2. Las demás que se encuentren establecidas en la normatividad interna del escenario de práctica.
  3. Reportar oportunamente al Ministerio del Trabajo o a la autoridad competente, cualquier amenaza o vulneración a los derechos del practicante, que evidencie en el ejercicio de su actividad.

 

Abogado, especialista en derecho laboral, salud ocupacional y Seguridad social
Asesor Jurídico empresarial, con mas de 10 años de experiencia en materia laboral y seguridad social
Es CEO del Grupo GJR