¿Cómo se Puede Demostrar el Estado de Embriaguez de un Trabajador?
Una de las prohibiciones que consagra nuestro estatuto normativo laboral, es que el trabajador se presente a laborar en estado de embriaguez o bajo la influencia de narcóticos o drogas enervantes. Siempre buscando que el trabajador preste sus servicios de manera eficiente.
Por eso, la Corte Suprema de Justicia en su Sala Laboral en sentencia SL 11632 de septiembre de 2015, había determinado que el estado de embriaguez se debe probar mediante prueba técnica cuando estos se rehúsen a practicar las pruebas, sin embargo en la misma sentencia la Corte dijo:
“que ante la sospecha razona, nada impide al empleador pueda acudir a otro tipo de elementos indicativos del estado, como el comportamiento distorsionado, la falta de motricidad, la falta de coordinación y alto aliento alcohólico, que pueden ser percibidos fácilmente, sin necesidad de prueba técnica alguna”.
Ahora en sentencia SL 3167 de julio de 2018 la Corte suprema de Justicia en su Sala Laboral, al referirse al mismo tema respecto ha ¿él como se debe probar el estado de embriaguez de un trabajador?, dijo al respecto:
“Se itera que en materia laboral son admisibles todos los medios de prueba establecidos en la ley, tal como lo establece el artículo 51 del Código Procesal y de la Seguridad Social, aunado a que no existe tarifa legal y el juez puede formar libremente su convencimiento, en atención a los principios científicos que conforman la sana crítica (art. 61 ibídem).” Además dijo que “En desarrollo de tales principios esta Sala ha determinado que el estado de embriaguez en el derecho del trabajo no requiere de prueba solemne y que, por el contrario, puede ser acreditado por cualquier medio de prueba autorizado legalmente.”
Por lo que la Corte en esta sentencia deja claro:
“que cuando el comportamiento del trabajador se exterioriza por signos inequívocos de consumo de cualquier sustancia… el hecho es posible establecerlo mediante cualquiera de los medios probatorios admitidos por la ley, entre ellos la prueba testimonial”
De tal forma, que los empleadores de acuerdo con este criterio jurisprudencial, que aunque la prueba técnica sea necesaria para establecer si un trabajador se presentó a laborar en estado de embriaguez o de consumo de alguna sustancia narcótica o drogas enervantes, también es cierto que con la sola prueba testimonial se podría demostrar el estado de embriaguez del trabajador.